Hace unos días ha entrado en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, seguro que lo has oído por ahí con las siglas RGPD o GDPR. Este reglamento sustituye a la famosa y conocida Ley Orgánica de Protección de Datos a la que ya estábamos más o menos acostumbrados… con la salvedad de que el nuevo Reglamento es de aplicación a todos los Estados de la Unión Europea. Es decir, que por fin vamos a tener una misma política de protección de datos personales todos los Estados de la Unión Europea. Eso es bueno.
Hay más cosas buenas, por ejemplo este Reglamento es mucho más claro y transparente con el propietario de los datos (nosotros) para que en todo momento sepamos qué se va a hacer con los datos que se ceden a empresas o particulares. Por ejemplo, a partir de ahora cuando te des de alta en una red social o te suscribas a un blog como este, se te debe ofrecer toda la información relativa a qué se va a hacer con tus datos personales (aunque básicamente yo no cedo vuestras direcciones de correo electrónico absolutamente a nadie, ¡por mucho dinero que paguen!).
Y seguimos con cosas buenas: los servicios se van a poner las pilas para validar y verificar la edad de sus usuarios… por lo que si nuestro hijo se ha dado de alta en alguna red social sin que nos enteremos, será la misma red social la que se encargará de eliminar su perfil. Mucho más fácil para nosotros los padres (¿os he contado alguna vez que yo soy multi-padre?, tengo 4 hijos! Lo hablamos en la entrada sobre cual es la edad mínima para que mi hijo se dé de alta en redes sociales (y que ahora voy a tener que actualizar)). Vamos a poder relajarnos un poco en este aspecto.
No todo son cosas buenas… o sí
Efectivamente, no todo son cosas buenas. Por ejemplo, WhatsApp ha modificado su política de uso y ahora la edad mínima para utilizar la aplicación es de 16 años. Tiene su parte buena, a los 16 años nuestros hijos ya son un poco más mayores que a los 13 (era la edad mínima hasta ahora) y tienen más conocimiento sobre las redes sociales y su entorno, por lo que seguramente se reducirán los casos de ciber-acoso y bullying… pero por otro, a ver quién es el guapo que consigue que su hijo se mantenga fuera de WhatsApp hasta los 16, va a ser una ardua pelea. Y digo yo, si por ejemplo ninguno de nuestros hijos (de los normales, claro) cogería un coche sin tener el carnet antes de los 18, ¿por qué este afán por introducirse en las redes sociales y compartir su intimidad? Pues seguramente por la misma prohibición de no poder hacerlo… y porque habrá padres que no sepan de la existencia del nuevo Reglamento (o que directamente no quieran tener que negociar esto con sus hijos) y permitan que lo lleven instalado en el móvil, con lo que la presión social y el miedo a la exclusión hará que otros padres pasemos por el aro… ya veremos, al final volvemos al mismo debate de siempre: ¿prohibición o educación?.
Lo que no ha explicado WhatsApp de momento es el método que utilizarán para verificar a los usuarios, cosa que sí ha hecho Instagram, el cual ha empezado a cerrar cuentas de usuarios menores de edad. En el caso de Instagram es mucho más fácil de averiguar ya que pueden aplicar algoritmos sobre las fotos que suben sus usuarios para determinar la edad aproximada de estos, por lo que es mucho más sencillo… y si por el contrario la cuenta es de una persona mayor de edad que simplemente sube fotos de sus hijos, pues en ese caso es muy sencillo verificar tu edad. Además, Instagram lo ha hecho de una forma bastante elegante, dando 14 días para la verificación de estos usuarios, pasados los cuales tu cuenta será cancelada y todas las fotos borradas:
Tu siempre has abogado por la educación. Al final WhatsApp es una forma de comunicación que podrá ser buena o mala pero es lo que es. Ese tipo de comunicación es una realidad ahora mismo y se utiliza personalmente y profesionalmente por lo que los niños si están educados en cómo se usa deberían de poder utilizarlo. Si se lo quitamos es estar yo creo en otra realidad. Hay que enseñarles a utilizarlo y sobre todo que no sea la base de su comunicación aunque eso si si está siendo la base de comunicación del adulto
Totalmente de acuerdo, Gabriel, pero el caso es que hasta ahora la LOPD decía en su artículo 6.1 que sólo puedes ceder tus datos personales cuando tienes más de 14 años, y la cesión de algunos de esos datos de carácter personal es necesaria para poder utilizar el servicio (tanto de WhatsApp como de otras redes sociales), por lo que ‘legalmente’ sólo se puede hacer en ese momento. Otra cosa es que tú cedas tus datos y tu hijo se conecte utilizando tu cuenta de GMail por ejemplo, en lugar de utilizar la suya propia.
Yo siempre he sido partidario de la educación en lugar de la prohibición, es verdad, y también creo que 16 años es exagerado, los 14 ya me parecían una edad válida (se supone que también pueden conducir un ciclomotor porque tienen 2 dedos de frente). Habrá que ver cómo evolucionan este nuevo Reglamento.